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n México, las empresas privadas e instituciones públicas deben velar por la salud laboral de las mujeres embarazadas, una exigencia establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) que especifica la nulidad de los despidos a la mujer por embarazo o lactancia natural.
Los artículos 166 y 167 de la LFT señalan que las mujeres embarazadas o lactantes no deben desempeñarse en labores insalubres, peligrosas, o aquellas en las que por naturaleza del trabajo, condiciones físicas, químicas o biológicas del medio, actúen sobre la vida, desarrollo, salud física y mental de la mujer en estado de gestación o del producto.
Tanto médicos como psicólogos insisten en la bondad de compatibilizar el tiempo de gestación con el trabajo. Muchos son los estudios que constatan que continuar con la rutina laboral contribuye a mantener tanto la forma física como la psicológica, pues ayuda a enfrentarse mejor al embarazo y a no estar pendiente en exclusiva de él
. Además de mantener durante este tiempo un aporte económico regular, el trabajo supone una oportunidad para que la mujer se mantenga activa.
Riesgos por etapas
El primer trimestre de gestación, en especial las primeras semanas, es crucial para el buen desarrollo del futuro bebé. No obstante, muchas son las mujeres que en esta primera etapa ignoran su estado. De ahí que se tomen su tiempo en adoptar medidas protectoras.
En este primer periodo se deben extremar las medidas preventivas básicas, puesto que el riesgo de sufrir efectos teratogénicos (malformaciones del feto) o de aborto es mayor. El desempeño de tareas físicas, los largos periodos de pie, los horarios rotatorios o nocturnos, los elevados niveles de estrés o exposición a sustancias potencialmente tóxicas pueden constituir factores de riesgo notables ante los que es necesario reaccionar si se perciben molestias o peligros importantes. El médico confirmará o descartará la influencia de esos riesgos.
En el segundo trimestre, los riesgos de los primeros tres meses se reducen, pero no desaparecen. Suele ser éste un periodo cómodo, salvo en embarazos de riesgo o situaciones laborales complejas.
En las últimas doce semanas de embarazo se aconseja interrumpir la actividad profesional. A menudo, en el último trimestre el esfuerzo se hace insostenible para la mujer, incluso para las mujeres que desempeñan su trabajo en puestos de esfuerzo físico reducido. Lo habitual es que no tengan la misma capacidad de soportar largas jornadas laborales, bien sea por el grado de fatiga física, bien sea por fatiga emocional.
Consejos que debe seguir una mujer embarazada en su puesto de trabajo
- Evitar esfuerzos, movimientos repetitivos o bruscos y levantar pesos.
- Si trabaja sentada, es necesario levantarse y caminar cada cierto tiempo para activar la circulación.
- Si trabaja de pie, hay que sentarse de vez en cuando para disminuir el grado de fatiga y caminar para que no se carguen las piernas.
- Beber agua y tomar tentempiés nutritivos siempre que sea posible.
- No saltarse comidas por trabajo.
- Pedir ayudas ergonómicas, como un alzapiés, una silla y un teclado adecuados, que ayuden a sobrellevar mejor posturas estáticas y movimientos repetitivos en la oficina.
- Evitar horarios nocturnos,extensos y las horas extras.
- Delegar siempre que sea posible las tareas estresantes.
- Informar a la empresa de la necesidad de mantener los controles ginecológicos.
- Concederse tiempo para hacer estiramientos, ejercicios de relajación y de respiración.
Apoyo legal
Si alguien no ha respetado tus derechos como trabajadora, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo(Profedet) en donde recibirás de forma gratuita asesoría, orientación legal, apoyo para la conciliación con tu patrón y defensa ante los tribunales laborales.
Fuente: Consumer.es
Adaptado: Equipo DulceSofía